Convenio de oficinas de farmacia: qué decide de verdad en tu semana

Dos personas de una farmacia hablando con unos papeles sobre la mesa de la rebotica

Última revisión: septiembre de 2026.

Este artículo no reproduce tablas salariales. Las tablas están en el BOE, cambian, y una copia en un blog es exactamente la forma de acabar aplicando una cifra vieja. Lo que sí hace falta y no está en ningún sitio es la traducción: qué decisiones de las que tomas cada semana dependen del convenio y cuáles no.

Qué convenio se te aplica

El de referencia es el XXV Convenio colectivo estatal de oficinas de farmacia, publicado en el BOE por resolución de 15 de diciembre de 2022 de la Dirección General de Trabajo. Su propio texto establece que se aplica en todo el territorio del Estado y a todo el personal empleado por cuenta ajena en oficinas de farmacia.

Su ámbito temporal iba del 1 de enero de 2022 al 31 de diciembre de 2024. Ya pasó, y sin embargo sigue vigente: está en ultraactividad mientras se negocia el XXVI, que a día de hoy no está cerrado. Eso significa que las condiciones del XXV se mantienen, pero que en el momento en que se firme el siguiente habrá que revisar lo que cambie.

Hay un matiz que conviene comprobar antes de dar nada por supuesto: algunas provincias han tenido convenio propio de oficinas de farmacia, con condiciones distintas del estatal. Unos han decaído en favor del estatal y otros siguen. Si tu farmacia está en una de esas provincias, el convenio que te aplica puede no ser el que estás leyendo. Es una consulta de un minuto a tu gestoría y conviene hacerla antes de decidir nada.

Qué decide el convenio y qué decides tú

Esta es la parte que en la práctica genera más discusiones dentro del equipo, porque se mezclan las dos cosas.

El convenio fija los mínimos: salario por grupo profesional, jornada anual, vacaciones, permisos retribuidos, clasificación profesional, y el tratamiento de las horas que se hacen por encima de la jornada.

Lo que no fija el convenio es cómo organizas la semana concreta. Quién entra a qué hora dentro del horario de apertura, cómo se reparten los turnos partidos, quién cubre las vacaciones de quién, en qué orden se disfrutan. Eso lo decide el titular, dentro de lo que el convenio permite y con las reglas de preaviso y consulta que la norma establezca. Hay además días que no fija ni el convenio ni tú: cuándo puede abrir una farmacia en festivo lo decide tu comunidad autónoma.

La confusión habitual es tratar una decisión organizativa como si fuera un derecho del convenio, o al revés. Cuando alguien dice «es que a mí siempre me toca el sábado», la pregunta que resuelve la conversación es si eso lo regula el convenio o es una costumbre de la casa. Casi siempre es lo segundo, y entonces se puede cambiar hablándolo.

Las decisiones semanales donde el convenio entra de verdad

El reparto de vacaciones. El convenio fija cuántos días corresponden. No fija quién se va en agosto. Ese reparto es organizativo, y funciona mucho mejor si está escrito con antelación en un sitio que todo el equipo pueda consultar. Lo desarrollamos en organizar la farmacia en vacaciones.

Las horas por encima de la jornada. Aquí conviene ir al texto, porque el tratamiento de las horas extraordinarias y su compensación es de las materias donde el convenio y el Estatuto se cruzan. Y donde más importa tener registro: si no hay constancia de las horas trabajadas, la discusión es contra la palabra de cada uno.

Los permisos retribuidos. Los días por matrimonio, fallecimiento de familiar, mudanza o asuntos propios están tasados. Lo que suele fallar no es conocer el derecho, es que la solicitud se hace de palabra en el mostrador un martes por la tarde y luego nadie recuerda si se aprobó.

El registro de jornada. No lo crea el convenio, lo crea el artículo 34.9 del Estatuto de los Trabajadores, pero el convenio puede organizarlo y documentarlo. El detalle de esa obligación está en registro horario en la farmacia.

Dónde está el problema práctico

No es de desconocimiento. La mayoría de los titulares tienen el convenio localizado o una gestoría que se lo resuelve.

El problema es que las decisiones que se toman a partir de él no quedan escritas en ningún sitio. Un cambio de turno acordado en enero, una compensación de horas pactada en marzo, un permiso concedido en junio. Todo eso vive en la memoria de dos personas hasta el día en que las dos versiones no coinciden.

Eso se resuelve cuando cada acuerdo que afecta a la jornada de alguien queda registrado con fecha, con quién lo pidió y quién lo aprobó. Saberse mejor el convenio no cambia nada si el acuerdo no está escrito. Sobre cómo se monta eso sin convertirlo en burocracia, hablamos en organizar el equipo de una farmacia.

Dónde consultar el texto

El XXV Convenio colectivo estatal de oficinas de farmacia está publicado íntegro en el BOE y es de acceso libre. Si necesitas una cifra concreta, esa es la fuente, no un resumen de terceros.

Y cuando se publique el XXVI, conviene mirar primero qué materias han cambiado de redacción, porque son las que obligan a revisar decisiones ya tomadas. Los salarios los ajusta la gestoría; las condiciones de jornada y permisos las aplicas tú cada semana.


Preguntas frecuentes

¿Qué convenio se aplica a mi farmacia?

Por defecto, el estatal de oficinas de farmacia. Algunas provincias han mantenido convenio propio, así que conviene confirmarlo con tu gestoría antes de aplicar nada.

¿Sigue vigente el XXV si su plazo terminó en 2024?

Sí, en régimen de ultraactividad mientras se negocia el XXVI. Las condiciones se mantienen hasta que se firme el nuevo.

¿Cuándo se firma el XXVI?

No hay fecha. La negociación sigue abierta y ha pasado por mediación sin acuerdo.

¿El convenio me obliga a un cuadrante concreto?

No. Fija jornada, descansos y mínimos. Cómo se distribuye esa jornada dentro del horario de apertura es una decisión organizativa del titular, respetando los límites del convenio y del Estatuto.

¿Dónde encuentro las tablas salariales actualizadas?

En el texto publicado en el BOE. Este artículo no las reproduce a propósito, porque una tabla copiada en un blog envejece sin avisar.


Alberto Gómez Ureña es CEO y fundador de MediaValue, la plataforma de gestión de equipo para farmacias. Antes de fundarla, dirigió equipos durante más de quince años en entornos multinacionales.

Este artículo explica el marco general y no sustituye al asesoramiento de tu gestoría o de un abogado laboralista para un caso concreto.


Prueba MediaValue 20 días, sin tarjeta.